LEY DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS – LEP

Impulsamos las artes escénicas en Cali a través de la contribución parafiscal cultural. La Ley de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas fortalece la creación, producción y circulación de expresiones como el teatro, la danza, la música, el circo y la magia. A través de la contribución parafiscal cultural, estos recursos se reinvierten exclusivamente en el sector escénico del territorio.

¿DE DÓNDE SALEN LOS RECURSOS?

La LEP crea una contribución parafiscal cultural equivalente al 10 % del valor de la boletería de los espectáculos públicos de artes escénicas.

¿EN QUÉ SE INVIERTEN?

Los recursos deben invertirse exclusivamente en:

Infraestructura:

  • Construcción
  • Adecuación
  • Mejoramiento
  • Dotación de escenarios
  • Compra de inmueble
  • Estudios y diseños

Producción y circulación:

  • Creación de espectáculos
  • Presentación en vivo
  • Circulación local, nacional
    o internacional

¿CUÁL ES EL ROL DE LA SECRETARÍA?

  • La Secretaría de Cultura es la entidad
    responsable de gestionar y ejecutar los recursos de la contribución parafiscal cultural en el territorio.
  • Ejercer la secretaría técnica del Comité.
  • Verificar requisitos jurídicos y técnicos.
  • Garantizar asignación conforme a la ley.
  • Asegurar que los recursos no se destinen a funcionamiento.

¿QUÉ ES EL COMITÉ DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL?

Es la instancia encargada de definir la distribución de los recursos y avalar los proyectos beneficiarios.

Funciones:

✓ Definir montos por línea.

✓ Avalar proyectos.

✓ Garantizar el cumplimiento de la ley.

✓ Velar por el fortalecimiento del sector.

CONVOCATORIA LEP

Los recursos se asignan mediante convocatorias públicas, garantizando:

  • Transparencia
  • Participación
  • Equidad
  • Democratización

¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR?

Línea de Infraestructura:

  • Titulares u organizaciones que administren
    escenarios privados o mixtos.
  • Escenarios públicos: Asignación definida
    por el Comité.

Línea de Producción y Circulación:

  • Personas naturales o jurídicas.
  • Con o sin ánimo de lucro.
  • Proyectos de producción y/o circulación.

Alcaldía de Santiago de Cali

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